Formas de Pago

Para las deudas que no se encuentren domiciliadas, podrá realizar el pago mediante los siguientes procedimientos:

De forma telemática por Internet, mediante cargo en cuenta, Bizum o pago con tarjeta bancaria:

  • Accediendo a: https://sede.haciendalocal.es
  • Accediendo desde el enlace facilitado con el aviso de puesta al cobro enviado a su teléfono móvil y/o e-mail
  • Accediendo mediante la lectura del código QR incluido en el documento de ingreso facilitado
  • Accediendo a los medios de gestión electrónica de su entidad bancaria

De forma presencial mostrando el documento de ingreso (abonaré) antes de su vencimiento:

  • En cualquiera de nuestras oficinas abiertas al público en la provincia (pagos con tarjeta o Bizum)
  • En cualquiera de las sucursales de las siguientes entidades: Banco de Santander; Caja Rural de Adamuz; Caja Rural de Baena; Caja Rural de Cañete de las Torres; Caja Rural de Nueva Carteya; La Caixa; Caja Rural del Sur y Kutxabank.

A través de la Red Postal (Correos Pay)

El documento de ingreso podrá obtenerlo en formato digital desde el enlace facilitado con el aviso de puesta al cobro, enviado mediante SMS o e-mail. También podrá conseguirlo en nuestra Sede Electrónica y de forma presencial en todas nuestras oficinas en la provincia.

Domiciliación bancaria

Podrá domiciliar el pago del tributo en la entidad bancaria de su elección, cumplimentando la correspondiente orden en el Servicio de Atención al Contribuyente.

Formas de pago flexible

Existen otras formas de pago, previa solicitud y cumpliendo ciertos requisitos , que facilitan al contribuyente el ejercicio de sus obligaciones tributarias. En estos casos puede solicitar más información en nuestro teléfono de atención (957498283) o presencialmente en cualquiera de nuestras oficinas.

Pago personalizado de deudas de vencimiento periódico

  • Pago personalizado mediante cuotas periódicas (mensuales, bimestrales o trimestrales sin repercusión de intereses) excepto para liquidaciones directas
  • Una vez solicitada se prorroga para ejercicios futuros hasta su renuncia o cancelación de forma expresa
  • Cargo en cuenta en los primeros días de mes

Fraccionamiento de deudas existentes (según estado e importe de la deuda)

  • Amplia flexibilidad en número de plazos anuales
  • Para deudas superiores a 5.000€ se puede solicitar fraccionamiento hasta en 24 mensualidades